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Hace 1 mes
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Seouldrip🇰🇷

Un caso real donde se declaró la nulidad de una elección y se realizó una revotación dos años después

En las elecciones para la 6.ª Asamblea Nacional de 1963, la ley exigía que la mayoría de los 7 miembros del comité electoral de un distrito (centro de votación) estuvieran presentes para gestionar la elección; sin embargo, solo asistieron 2 personas. Debido a esto, la votación de ese distrito fue declarada nula. Dado que la diferencia de votos, excluyendo los de dicho distrito, era de solo 23 votos y había 146 votantes registrados en ese distrito, el tribunal dictaminó que esto afectaba el resultado final y declaró la nulidad de la elección.

Según los resultados originales, el candidato Lee Byeong-ok había ganado por una diferencia de 31 votos y se desempeñaba como diputado. El hecho de que, al anular los resultados de ese distrito, el candidato Kim Yong-dae pasara a ganar por 23 votos, generó aún más controversia.

Siguiendo esta sentencia, dos años después de la elección, se llevó a cabo una nueva votación limitada únicamente a ese distrito electoral.

El candidato Lee Byeong-ok, quien ya era el diputado en funciones (?), obtuvo una victoria abrumadora con 119 de los 132 votos, logrando así mantener su cargo.

Implicaciones de este incidente

Si el problema en una elección ocurre solo en un distrito (centro de votación) específico, se anulan únicamente los resultados de ese distrito y no la elección completa.

-> Dado que el problema radica en que hubo personas que no pudieron votar, es improbable que se anule la elección a nivel nacional o la totalidad de la elección en Seúl.

De acuerdo con el Artículo 224 de la actual Ley Electoral de Cargos Públicos y la jurisprudencia pertinente de la Corte Suprema, se dicta una sentencia de nulidad electoral cuando existe un "incumplimiento de las normativas electorales" y se reconoce que dicho hecho "influyó en el resultado de la elección". En el caso de 1963, como la elección fue extremadamente reñida, el resultado de los votantes de ese distrito podía cambiar el ganador, por lo que se dictaminó la nulidad parcial y se procedió a la revotación.

El hecho de que la Comisión Electoral no preparara suficientes papeletas, impidiendo que algunos electores votaran, parece ser una violación clara de las normativas, incluyendo el Artículo 6 (Garantía del ejercicio del derecho al voto) de la Ley Electoral de Cargos Públicos.

En el caso de la elección para el alcalde de Seúl, dado que el número de electores de ese distrito es pequeño en comparación con el total de electores de la ciudad, es posible que una demanda de nulidad sea desestimada a menos que la diferencia de votos sea menor a 20,000, incluso si hubo errores en la elección.

Sin embargo, en las elecciones de concejales municipales o distritales, el número de electores es menor y es más probable que esto influya en el resultado. Por ello, me atrevo a predecir cautelosamente que, para esas elecciones específicas, se podría realizar una revotación solo en el centro de votación afectado.

La Comisión Electoral afirma que "no existe una ley que permita detener el escrutinio". En efecto, parece que la Comisión no tiene la autoridad para detener el conteo de votos o anular la elección por sí misma; si hay una objeción, se debe presentar una demanda de nulidad y esperar la sentencia (la cual es dictada por la Corte Suprema en una instancia única).

Fuente: https://www.fmkorea.com/best/9908990625

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